BIBLIOTECA

Introducción
Reglamento de Biblioteca
Lista de Libros

 
 
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
 

OBJETIVOS

Art. 1º

La  biblioteca tiene como finalidad conservar y difundir la cultura.   Es auxiliar  en  la  labor  del investigador y del estudioso y  no solo almacén y reserva del saber  acumulado por la humanidad.   Debe ser en la Universidad  el  sustento  y  la  prolongación  de la cátedra,  con este  fin se mantiene  estrecha  relación  con  el  claustro  magisterial  y  el  alumnado para poder cumplir con su misión.

AUTORIDADES

Art. 2º

La autoridad  responsable de la Biblioteca es la persona que  ha  sido nombrada  para  tal  cargo  por  la autoridad  competente.   Igualmente participa de esta autoridad, el personal que  desempeña su servicio a la comunidad en este centro

SERVICIOS

Art. 3º

El   horario  de  servicio  a   la  comunidad  universitaria   es  de 09:00 a las  19:00  hrs de lunes  a  viernes   y  de 09:00 a 13:00 hrs.   los  sábados .

Art. 4º

El  sistema   bibliotecario   es  el   Sistema   Dewey   -  Cutter,   de  estante cerrado.  El usuario deberá  ser  capaz  de  consultar  la  terminal de la computadora  y llenar  la ficha de solicitud.

Art. 5º

Todo  préstamo de material requiere que el usuario  posea  su credencial de  la  Universidad   La  Salle  Laguna,   vigente,   tanto alumnos  como maestros.

Art. 6º

Queda prohibido solicitar  libros en  préstamo para terceras personas.

Art. 7º

El  usuario  deberá  verificar  las  condiciones   físicas  de  los  materiales  solicitados  al  momento  de  recibirlos   y   es  responsable  de  cualquier desperfecto que les pueda ocurrir.  Toda  reclamación sobre  el mal estado del libro  solicitado deberá hacerse  en el momento de recibir el libro.

Art. 8º

Cada  usuario puede  obtener  en  préstamo a domicilio un  máximo de tres libros  simultáneamente hasta por  tres días.     Los maestros pueden sacar hasta tres libros  por siete días por materia que impartan.

Art. 9º

Ni los libros  de consulta, ni las tesis profesionales ni los documentos  del  archivo   vertical pueden llevarse fuera de la biblioteca.

COMPORTAMIENTO

Art. 10º

Los usuarios deberán guardar una actitud  de absoluta seriedad en la sala de lectura.  Si se requiere hablar será en voz muy baja.

Art. 11º

No se permite, fumar, beber ni comer dentro de la biblioteca.

Art. 12º

El vestir será digno y decoroso  conforme a la normatividad de la universidad.

MATERIAL DE APOYO DIDÁCTICO

Art. 13º

El uso de material didáctico requiere de previsión  en la programación.   Se debe llenar  y entregar la ficha de solicitud el día anterior.

Art. 14º

El material audiovisual se presta  por un  período del horario escolar y para usarse  en   las aulas,  en  los  cubículos  de  la  biblioteca  o  en  las  aulas  audiovisuales. Es responsabilidad del maestro que solicita  el equipo, regresarlo en buen estado y funcionando.

SANCIONES

Art. 15º

La  multa   por  atraso  en  la  entrega  de  los  libros tanto maestros como alumnos  es  de  $1.50 por día de atraso transcurrido,  incluyendo  los sábados y domingos.

Art. 16º

El  cobro  por  la  perdida  o  daño  grave de un  libro (rayar, subrayar, mutilado o maltratado)  es de 150% sobre su valor actual.

Art. 17º

El mal uso de la credencial, privará al alumno del servicio bibliotecario.

Art. 18º

El   vandalismo,   la  mutilación  o  el  daño  de  los  materiales  conlleva sanciones disciplinarias graves, además  de la reparación económica del daño

VARIOS

Art. 19º

Toda  sugerencia  por  parte  de  los  maestros   y  de  los  alumnos  para  adquirir  libros  o material  didáctico será bien recibida y estudiada.

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